En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA PRIMERO: DIVIDIR LA CONTINENCIA DE LA CAUSA, de conformidad con el Ordinal 1° del Artículo 74 del Código Orgánico Procesal Penal a los fines de darle celeridad al proceso que se sigue en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITDA. SEGUNDO: DECLARA EN REBELDIA al acusado IDENTIDAD OMITIDA. En consecuencia se ordena oficiar a los diferentes Cuerpos Policiales para que procedan a la Captura del Adolescente de marras, labor que realizarán resguardando y respetando todos y cada uno de sus Derechos. Una vez Capturado el prenombrado acusado deberá ser recluido en la Entidad Socio Educativa General "JOSE FRANCISCO BERMUDEZ" de esta Ciudad de Maturín, a la orden de este Tribunal. TERCERO: Se Acuerda remitir al Tribunal de Juicio Sección Adolescentes las presentes actuaciones, y las Copias.....