Este Tribunal de Control N° 2 Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Decreta el DECAIMIENTO de la Medida de Coerción personal impuesta al ciudadano RAULIN ENRIQUE TORRES LOYO, en fecha 22 de agosto de 2006, de conformidad con lo establecido en el Articulo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 218 del Código Penal.