PRIMERO: Por decisión de fecha 03 de Octubre del 2007 este Tribunal de Ejecución N° 1, acordó la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena al ciudadano ADENIS OSMAN LOPEZ SEQUERA, por el lapso de Un (1) Año, dándose el penado por notificado en esa misma fecha y comenzando a regir el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena desde esa fecha y visto que el plazo establecido se extinguió en fecha 03 de Octubre del 2008 y ha cumplido con las condiciones impuestas por ese Tribunal, según se desprende de los Informes Periódicos recibidos, este Tribunal de Ejecución N° 1 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Acuerda la LIBERTAD PLENA por cumplimiento de pena del ciudadano ADENIS OSMAN LOPEZ SEQUERA, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.337.223, residenciado en la Morita nueva calle 17, sector 2 casa N° 11, Municipio Cocorote Estado Yaracuy. Notifíquese al ciuda.....