En consecuencia, queda establecido en que el Ciudadano: Gerardo Álvarez, convino pasarle de Pension a sus hijos la cantidad de Sesenta Mil Bolívares (Bs. 60.000,00) quincenales, equivalente a la cantidad de Ciento Veinte Mil Bolívares (Bs. 120.000) Mensuales, igualmente cumplir con gastos extras como Vestidos, educación, cultura, asistencia medica, medicinas recreación y deporte ect, dicha cantidad corresponde al Convenimiento suscrito por las partes en la Defensorìa del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Peña. Y la Ciudadana Mèndez Yelitza, acepta la cantidad fijada. todo lo cual esta previsto en la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en sus artículos 369 y 374. Tómese razón.
El Juez
Abg. Octavio Méndez M La Secretaria
Abg. Cándida Lucena Perdigón.
En la misma fecha se tomo razón y se cumplió con lo ordenado.
La .....