este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy "Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley" DECLARA CULPABLE a los Acusados JOSE JAVIER VEROES PARRA JOSÉ JAVIER, venezolano, portador de la cédula de identidad Nº 17.612.636, fecha de nacimiento 21/06/84, natural de Chivacoa, Estado Yaracuy, mayor de edad, soltero, de oficio u ocupación tapicero, hijo de Nayibi Parra y José Veroes, de 22 años de edad y residenciado en la Avenida 9, entre Calles 20 y 21, Barrio Peguaima, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y JOSÉ CLEMENTE FIGUEROA MOGOLLON, venezolano, de ocupación herrero, portador de la cédula de identidad N° 21.047.912, de 18 años de edad, hijo de Luzmila Mogollón y José Clemente Figueroa, de estado civil soltero, natural de Chivacoa, Estado Yaracuy y residenciado en Campo Elías, San Ramón, calle El Cedro, Casa S/N, casa rosada, al lado de un Taller de mecánica del señor Rito, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, por .....