"...este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185, interpuesta por los ciudadanos Nestor Rafael Parra Rivas y María Marleni Sulbaran de Parra, plenamente identificados en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron por ante Jefatura Civil de Tabay, Municipio Capitán Santos Marquina del Bolivariano de Mérida, en fecha 08 de diciembre de 1978, según acta nº 55..."