En mérito de las razones expuestas, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación incoado por la Abg. GLORIA EVELINA GIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 7.589.584, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 119.215, contra la sentencia dictada en fecha 08 de Octubre de 2019, en el asunto UP11-V-2018-000073, relativo al procedimiento de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA RESIDENCIARSE FUERA DEL PAÍS, incoada por la ciudadana MORELBY MAYERLING MORENO MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.054.186. SEGUNDO: Queda confirmada la sentencia apelada. TERCERO: Remítase el expediente al Tribunal de origen en su oportunidad. CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente asunto.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, Y DÉJ.....