DISPOSITIVA
Por razones antes expresadas y conforme a las normas contenidas en el Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Mixto de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy de manera UNANIME "ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY" PRIMERO: DECLARA CULPABLE a los ciudadanos Ascensión José Cedeño y Gabriel Eduardo Vera Guarecuco, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 8.510.050 y 17.156.574, residenciados el primero de ellos en la calle Padre Daboin, casa Nº 22, Albarico Estado Yaracuy el segundo en el Sector Las Tapias, Avenida Bolívar, Esquina Del Pool a mano izquierda Bodega "Neco" que tiene Santa Maria de color azul, Nº 17, San Felipe, Estado Yaracuy, por el delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el articulo 457, del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Carmen D´Amico; En consecuencia este Tribunal los CONDE.....