Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 21/12/2005

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Tercero de Juicio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : UP01-P-2005-000103 N° Sentencia : UK012005000165 Fecha: 21/12/2005
Procedimiento:
Negativa De Revision De Medida
Partes:
ABOGADOS DEFENSORES PRIVADOS: MARIO CASTILLO Y JOSE GOMEZ PINO, IMPUTADO: WILMER SAUL NAVARRO MONTOYA, FISCAL OCTAVO DEL MINISTERIO PÚBLICO.-
Resumen:
En este contexto, a criterio de quien decide, no se evidencia en las actas que hayan variado las condiciones que motivó la medida de privación Judicial Preventiva de Libertad decretada por el Juzgado de Control 4 del Circuito Judicial Penal de este Estado Yaracuy, por lo que con base a las consideraciones que anteceden, se acuerda negar el pedimento de la Defensa y así se decide. Notifíquese a los peticionantes. Cúmplase. La Juez de Juicio 3 La Secretaria Abog. Jholeesky del Valle Villegas Espina Abog. Olga Ocanto
Juez/Ponente:
Jholeesky Villegas Espina
Organo:
Tribunal Tercero de Juicio
arriba

N° Expediente : UP01-P-2005-1720 N° Sentencia : UK012005000166 Fecha: 21/12/2005
Procedimiento:
Negativa De Revision De Medida
Partes:
ABOGADO DEFENSOR: JOSE GOMEZ PINO, ACUSADOS RIDER SIMON SANCHEZ FERNANDEZ Y MIGUEL ANTONIO COLINA, FISCAL DECIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Resumen:
Ahora bien, considera quien decide que las razones alegadas por la defensa para motivar su solicitud, no pueden ser las razones jurídicas para que este Tribunal proceda a revisar la medida por cuanto, una abraza el campo de lo humano y la otra razón debe ser debatida en presencia de las partes. En este contexto, a criterio de quien decide, no se evidencia en las actas que hayan variado las condiciones que motivó la medida de privación Judicial Preventiva de Libertad decretada por el Juzgado de Control 6 del Circuito Judicial Penal de este Estado Yaracuy, por lo que con base a las consideraciones que anteceden, se acuerda negar el pedimento de la Defensa y así se decide. Notifíquese al peticionante. Cúmplase. La Juez de Juicio 3 La Secretaria Abog. Jholeesky del Valle Villegas Espina Abog. Olga Ocanto
Juez/Ponente:
Jholeesky Villegas Espina
Organo:
Tribunal Tercero de Juicio
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados