Este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la prorroga de la medida de protección para el ciudadano EFRAIN RAFAEL GUZMAN GUEVARA, portador de la cédula de identidad No. 4.231.449, y su núcleo familiar, residenciado en la Calle el Cementerio, No. 155, Taria, Municipio Veróe, Estado Yaracuy, consistente en el resguardo por medio de rondas sucesivas por los alrededores del lugar de la residencia DONDE HABITA el mencionado ciudadano Y SU NUCLEO FAMILIAR , por efectivos adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Yaracuy , por espacio de 90 días prorrogables a petición de la Fiscalía Superior de este Estado y la prohibición del acercamiento del sospechoso JOAN QUERO, por si o a través de terceras personas, a la victima y a cualquiera de su núcleo familiar. En consecuencia, se acuerda oficiar al Comandante General de la Policía del Estado Yaracuy, a los fines de dar cumplimiento a la present.....