INADMISIBLE la demanda de ACCION REINVIDICATORIA interpuesta por la Defensora Pública Segunda abogado YAMILET NORELIS MORGADO BEAMONT, a petición de la ciudadana MARTHA ESTELA PEÑA MACEA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 23.687.521, domiciliada en el Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en su condición de madre y representante legal de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de 17 años de edad, nacida el día 3/11/2002; mediante la cual solicita acción reivindicatoria contra la ciudadana CARMEN MARIBEL GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 8.518.039, domiciliada en el Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por ser contraria a la ley; lo cual no puede interpretarse como una limitación del acceso a la justicia ni a la tutela judicial efectiva.
SEGUNDO: La presente decisión es apelable en ambos efectos en orden a lo previst.....