Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada LILIAN ESCALONA Inpreabogado Nro. 63.278 Apoderada Judicial de la ciudadana ARELIS YESSENIA GALINDEZ Y OTROS, contra la sentencia dictada en fecha 16 de enero de 2007 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesto contra el INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY) plenamente identificadas.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia apelada.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS del recurso de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.