Seguidamente el Ciudadano Juez declara abierto el acto y da inicio a la Audiencia Preliminar recordándole a las partes la importancia del uso de los medios alternos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para las partes y de este modo lograr ahorro de energía y recursos, evitando un proceso prolongado. Seguidamente, previo requerimiento del juez, le son consignados, constante de: Un (01) folio útil sin anexos, los medios de prueba de la parte actora y de cuatro (04) folios útiles y once (11) anexos, numerados del 1 al 11: los medios de prueba de la parte demandada. En este estado, el Abogado: GILBERTO EUGENIO CORONA RAMIREZ, Apoderado Judicial del MUNICIPIO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY, expone: Siendo esta la primera oportunidad procesal para hacerlo y de conformidad con la Jurisprudencia al respecto. Alego a favor de mi representada la PRESCRIPCION DE LA ACCION, en consecuencia, no estoy en condiciones de aceptar la demanda formulada y que definit.....