este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÌTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana FELIPA SANTIAGA CAMPOS PIÑA, quién era venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, domiciliada en la urbanización Los Amigos, calle tres, casa sin número, prolongación de la avenida diecinueve, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 2.568.405; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a la ciudadana EDITZA MARGARITA ACOSTA CAMPOS