Con base a los razonamientos anteriormente explanados, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA de DESALOJO, intentada por los Abogados OLINDA ROSA GAMEZ Y MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ, Inpreabogado Nº 68.466 Y 48.847, respectivamente, con su carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana ANA RAFAELA HERRERA viuda DE MEDINA, contra el ciudadano JOSE MANUEL TORRES, plenamente identificados en el escrito libelar, por cuanto no reúne los requisitos exigidos por la Ley. Y ASÍ SE DECLARA.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFCADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe al 22 días del .....