Por las razones expuestas y con fundamento en todas las actuaciones que constan en el presente expediente, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en Tovar, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, nombra como TUTOR DEFINITIVO a la ciudadana: YONI JOSEFINA CHACÓN MÉNDEZ,, hermana del entredicho, plenamente identificada en autos, para que en representación del mismo realice cualquier tipo de gestión que se requiera, principalmente estar en juicio, celebrar transacciones, percibir cantidades de dinero en efectivo, otorgar liberaciones, enajenar o gravar sus bienes o para ejecutar cualquier acto que exceda de la simple administración. Así se decide.-