Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "PARCIALMENTE CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante y "PARCIALMENTE CON LUGAR" la apelación adhesivamente interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, ambos contra la sentencia de fecha 05 de Febrero de 2010, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE MODIFICA el fallo recurrido en los términos que indica el texto íntegro de esta sentencia y, en consecuencia, se declara "PARCIALMENTE CON LUGAR" la demanda por cobro de DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS derivados de la relación de trabajo, incoad.....