Por las razones anteriormente expuestas, este tribunal segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la Republica bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara incompetente para conocer de la presente acción de Cobro de Prestaciones Sociales intentada por RAFAEL SIMON SIVIRA contra el CONCEJO MUNICIPAL DE DERECHOS DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO LA TRINIDAD ESTADO YARACUY. Y SOLIDARIAMENTE EL MUNICIPIO LA TRINIDAD y en consecuencia, declina su competencia en el Juzgado Superior Contencioso-administrativo de la Región Centro Norte con sede en el Estado Carabobo. Así se declara. Líbrese oficio de remisión.