Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana, DILCIA RAMONA TORREALBA DE ESCALONA, Venezolana, mayor de edad, casada, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.319.886, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que los solicitantes fomentaron sobre un Lote de Terreno propiedad del INTi; que mide una superficie de CUATROCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (450,00 Mts2), Ubicado en la Calle Principal entre Terrenos Agricolas y Terrenos Agrícolas, Comunidad el Copey, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy