En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Yaracuy, ÚNICO: NO HA LUGAR A EMITIR PRONUNCIAMIENTO JUDICIAL, respecto a la solicitud propuesta por el Abg. Edisoie Sandoval, toda vez que el Tribunal resolvió la petición en fecha 29-2-08, adquiriendo la resolución judicial carácter definitivo y firme, y, en consecuencia, valor de cosa juzgada. Regístrese, publíquese y Notifíquese.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. ROMEL ANTONIO OVIOL RODRÍGUEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARIA DE LOS ÁNGELES GIMÉNEZ