esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 8° del Artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la Inhibición planteada por el Juez Superior Abogado Darío Segundo Suárez Jiménez, en el asunto UP01-R-2006-000093, en el asunto seguido contra los Ciudadanos Francisco Javier Jiménez Cedeño, Cherry Galíndez Fernández y Wilmer Gustavo León Muñoz.