Ahora bien, de acuerdo al Sistema de Información que maneja el Circuito Judicial Penal, se observa que los imputados ANTONIO DOMINGO OVIEDO UMBRÍA y LUIS ALBERTO NADALES PÉREZ, cumplen con su obligación de presentarse cada quince días ante este Circuito Judicial Penal, todo lo cual hace inferir que los mismos no se sustraerán del proceso, por lo que al estar acreditado en las actas que dichos ciudadanos están sometidos a una relación laboral, como mecanismo de control social, debe declararse con lugar la solicitud de la defensa y ampliar su régimen de presentación de cada quince días a una vez al mes calendario y así se decide. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
La Juez de Control No. 1
La Secretaria
Abg. Jholeesky del Valle Villegas Espina Abg. Meibis Carolina García