JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del Imputado EDUARDO GREGORIO VILLACOB SCHMALBACHE, de nacionalidad Colombiana, Natural de Barranquilla, Titular de la de Identidad N° E-72.249.654, de Estado Civil soltero, Fecha de Nacimiento 29-03-80, de 28 años de edad, profesión u oficio Carpintero, hijo de DORIS ESTHER VILLACOB SCHMALBACHE (v), domiciliado en la Av. La Limpia, La Floresta, en la Carpintera y Diseños Orlando, a tres cuadras del Colegio Universitario Maracaibo, Maracaibo, Estado Zulia, de la establecida en el Artículo 256 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal las cuales establecen la presentación periódica cada Treinta (30) días por ante este Tribunal, por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica.....