Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar, la solicitud hecha por el Abg. Luis Contreras, en su condición de Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público, y en consecuencia Acuerda: Librar Orden de Aprehensión, en contra de la imputada LUZ MARINA PORTILLO CORREA, venezolana por naturalización, titular de la cédula identidad N° 15.856.113, natural de Cúcuta, República de Colombia, nacida en fecha 14-03-1967, de 42 años de edad, de ocupación oficios del hogar, hija de Carlos Julio Portillo y de Josefa Correa de Portillo, residenciada en el Barrio Bogotá, Calle Nº 15-67, Cúcuta, República de Colombia, quien ejerce su derecho al sufragio en la población de Ureña, Estado Táchira, específicamente en el Liceo Bolivariano Víctor Manuel Olivares, ubicado e.....