DISPOSITIVA
Por lo expuesto, este Tribunal de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Decreta La Nulidad Absoluta de todas las actuaciones que se derivaron del escrito acusatorio, el cual es igualmente nulo, de conformidad a lo establecido en los Artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Repone la causa al estado que la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, presente nueva acusación. TERCERO: Se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, que pesa sobre el acusado CESAR RAFAEL CORTEZ CASTILLO. Y así se decide. Las partes quedaron notificadas en la sala de audiencia el día 17 de junio de 2010. Publíquese y Regístrese. Cúmplase.
La Jueza de Juicio N° 2
La Secretaria
Abog. María Inés Pérez Guntiñas
Abog. Claudia Segura