Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos: DOUGLAS SOTELDO CASTILLO y YUSBELY BRAN RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 7.910.186 y V-10.369.594