esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara improcedente in limine litis, la acción de amparo incoada por el Abg. ROSA EMILIA CORTEZ VALDEZ, obrando con el carácter defensora del JONATHAN ISAÍAS GIMÉNEZ CAMPOS, arriba identificado, a quien se le sigue causa penal con el No. UP01-P-2009-4773, que cursa por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio 1 de este Circuito Judicial Penal, por no evidenciarse infracción constitucional alguna, así como también por no constatarse de la actuación seguida por el funcionario señalado como agraviante ninguna actitud o postura que permita concluir que a la quejosa se le hayan quebrantado sus derechos o garantías constitucionales y así se decide. Notifíquese las partes y déjese correr el lapso para interponer el Recurso de Apelación contra la presente decisión