Por todo lo antes expuesto, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. Se ordena la notificación de la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 251 de la Ley Adjetiva Civil, y una vez conste en autos la notificación comenzará a correr el lapso para interponer los recursos a que haya lugar. En consecuencia, se ordena la notificación de la ciudadana abogada en ejercicio, MILAGROS DEL VALLE RODRÍGUEZ RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-8.347.899, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 110.404, y jurídicamente hábil, con domicilio procesal en la Avenida Las Américas, Centro Comercial Mayeya, Mezzanina, local U-21, una cuadra arriba del Mercado Principal, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, quien actúa en nombre propio, en su condición de parte demandante y por cuanto la misma tiene su.....