este Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, basada en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos: JUANA BAUTISTA ALVAREZ DE PINEDA y JESUS RAMON PINEDA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos: V- 7.308.238 y V-4.343.082, respectivamente. En consecuencia, SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ellos por ante el Juzgado del Distrito Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, según acta de matrimonio Nº: 16 del año 1972. Publíquese, regístrese y déjese copia