este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes, ACUERDA la Colocación Familiar Provisional de la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),
, nacida en fecha 27/11/2015, de 9 años de edad a la ciudadana AIDEE DEL CARMEN VELASQUEZ DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.505.544, domiciliada en el sector José Félix Rivas, calle 4 entre avenida 1 y 2 casa Nº 73 Chivacoa, municipio Bruzual del estado Yaracuy, en su condición de abuela materna, hasta tanto se decida la presente causa. En consecuencia, la niña deberá permanecer en el hogar de la prenombrada ciudadana, quien tendrá su representación legal. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 126 literal "i", 128, 396 y 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente.