Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA EL BENEFECIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO AGRICOLA otorgado por auto de fecha 15 de Diciembre de 2006 al penado VELIZ VERA LEANDRO DAVID, Titular de la Cédula de Identidad Nº 15.389.385, plenamente identificado al comienzo del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, líbrese orden de captura y una vez aprehendido se acuerda su traslado al Internado Judicial de esta Ciudad, donde quedará a la orden de este Tribunal. Se remite copia del presente auto al Internado Judicial Yaracuy con la respectiva orden de Encarcelación. Así mismo se acuerda oficiar al Fiscal Superior del Ministerio Público a fin que aperture la correspondiente averiguación, por cuanto el penado VELIZ VERA LEANDRO DAVID, incurrió en el delito de quebrantamiento de condena, de conformidad al Artículo 260 del Código Penal. Notifíquese a la defensa pública .....