DISPOSITIVA:
Con fuerza en la motivación precedente, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO UNIPERSONAL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Condena al acusado GILBERTO BRICEÑO SULBARAN, venezolano, titular de la cedula de identidad numero V-10.035.846, de 42 años de edad, nacido en fecha 02-02-1968, soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de María Isolina Briceño (f) y Pedro José Sulbaran (f), con quinto grado de educación primaria, residenciado en la vía a Santa Apolonia, sector EI Peñón, casa sin número, es un pequeño caserio, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida, A CUMPLIR LA PENA DE UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuici.....