DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana GAMEZ OJEDA LUZ MARINA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cedula de identidad N° 11.708.642, asistida la solicitante, antes mencionada e identificada, por el abogado LÓPEZ SÁNCHEZ MODESTO RAMÓN, inscrito en el Inpreabogado con el N° 189.766, sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno municipal, que mide trescientos cincuenta y cinco metros cuadrados con ochenta y cinco centímetros cuadrados (355,85 M2) con un área de construcción que mide ciento setenta y seis metros cuadrados con siete centímetros cuadrados (176,07 M2), ubicado en el sector Corocito II, calle 27, entre avenidas 8 y avenida Cartagena, municipio Independencia, estado Yaracuy, las cuales están construidas de bloques, techo de platabanda y piso de cemento, constituidas por: dos (2) habitaciones, un (1) baño, una (1) sala comedo.....