Este Tribunal EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Agregar a los autos los escritos de pruebas y medios probatorios consignados por las partes, en cuanto a la parte demandante, consigno su escrito de pruebas y medios probatorios, contentivos de Cuatro (04) folios útiles, con anexos marcados: "RP","TS","CC","P1" y "RA"; con respecto a la parte demandada, consigno su escrito de pruebas y medios probatorios contentivo en Tres (03) folios útiles, con Anexos marcado: "A","B" y "C"; SEGUNDO: Se ordena. REMITIR al Tribunal de Juicio la presente causa, a los fines de que la Jueza de Juicio provea lo que considere pertinente. Así se DECIDE. Publíquese y regístrese la presente sentencia.