consta en autos que el referido penado fue detenido el día 13-10-2009 hasta la presente fecha por lo que se infiere que lleva detenido CINCO (5) MESES Y DIEZ (10) DÍAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta, SIETE (7) AÑOS, SEIS (6) MESES Y VEINTE (20) DÍAS, la cual vence el 12-10-2017 a las 12:00 de la noche de conformidad con el articulo 484 del Código Orgánico Procesal. Dada la presente ejecución. Por otra parte se evidencia que el referido penado para optar a las medidas alternativas de cumplimiento de pena, por DESAPLICACION del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, podrá solicitar los beneficios señalados en la ley a partir de: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir ¼ parte de la pena (2 años) es decir el 13-10-2011; REGIMEN ABIERTO; al cumplir la 1/3 parte de la pena (2 año y 8 meses) es decir, 13-06-2012, así mismo le corresponde LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplir 2/3 partes de la pena (5 años y 4 meses) es decir el 13-02-2015; CONFINAMIENTO al cumplir ¾ partes de.....