DECLARA: Legalmente Reconocido el Documento Privado que acompaña a la presente Solicitud de conformidad con lo establecido en el Artículo 1.364 del Código Civil Venezolano Vigente; del mismo modo evacuada como ha sido la presente solicitud, se acuerda devolver el Original de todo lo actuado a la Solicitante, dejando en su lugar copia fotostática debidamente certificada por el Secretario del despacho. Désele salida en el Libro respectivo y tómese razón en el Diario.