esta Corte de Apelación del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Abogado RUBEN DARIO SIRIT, defensor privado del ciudadano FRANKLIN RAFAEL LIMA MONTERO, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad No. 16.594.892, actualmente recluido en el Internado Judicial del estado Yaracuy, en consecuencia se confirma en cada una de sus parte el fallo apelado, al no constatarse el vicio denunciado.