SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante cartel de notificación, con entrega de compulsa, a la ciudadana: SANDRA PATRICIA FERNANDEZ RIBEIRO, venezolana, mayor de edad, en su condición de patrono demandado, con domicilio en: AVENIDA BOLIVAR, QUINTA MILADERBIS, MUNICIPIO NIRGUA DEL ESTADO YARACUY, en la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, que le ha incoado la ciudadana: MARIA DEL CARME VIDOZA OCHOA venezolana, mayor de edad, titulare de la Cédula de Identidad Nº V-7.020.635, este domicilio, a los fines de que comparezca por ante el Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, asistido de abogado o representado por medio de apoderado, a las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM) del décimo (10º) día hábil siguiente a que conste en autos su notificación, a los efectos de que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Igualmente, se le hace saber a las partes que deberán consignar sus e.....