De las observaciones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Conforme al último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se reforma el cómputo realizado en fecha 15-06-2010, determinándose según cómputo actualizado, que la penada YAMILET ANGARITA, colombiana, indocumentada, titular de la cédula de ciudadanía colombiana N° 60.385.331, natural de San Calixto, República de Colombia, nacida en fecha 09-06-1.977, de 31 años de edad, soltera, de oficios del hogar, hija de Ángel Galván (v) y de María Angarita (v), domiciliada en el Sector el Amparo, al final del Camellón, Casa S/Nº, cerca de la Bodega "El Arbolito", El Vigía, Estado Mérida, actualmente recluida en el Centro Penitenciario de la Región Andina en la población de San Juan de Lagunillas del Estado Mérida; ha es.....