En consideración al cúmulo de lo alegado, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y Falcón, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Declara INADMISIBLE el RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO CON MEDIDA DE AMPARO CAUTELAR, interpuesto por los ciudadanos VALMORE MARTÍNEZ MÉNDEZ Y EDDY URDANETA MELÉNDEZ, inscritos en el Impreabogado bajo los Nros. 7.157 y 47.852, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia con carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil denominada TASAJERA C.A, contra el acto administrativo dictado en sesión No 20-01 de fecha 7 de Agosto de 2001 emanada del INSTITUTO AGRARIO NACIONAL (IAN), creado mediante Decreto Nº 173 de fecha 28 de junio de 1949, publicado en Gaceta Oficial Nº 22.958, de fecha 30 de junio de 1949 y representado por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, según articulo 8 del Decre.....