En mérito de lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJE, para que la Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cedula de Identidad Nº 33.398.554, nacida en fecha 17 de octubre de 2008, de doce (12) años de edad, Pasaporte N° 108078169, Prorroga N° A01938189, fecha de emisión 10/09/2019, fecha de vencimiento 10/09/2021, Visa Norteamericana N° 20150839510003, fecha de emisión 27/03/2015, fecha de vencimiento 23/03/2025; y la niña, IDENTIDAD OMITIDA titular de la Cedula de Identidad N° 33.398.555, nacida en fecha 04 de julio de 2010, de once (11) años de edad, Pasaporte N° 092792625, Prorroga N° A01938188, fecha de emisión 10/09/2019, fecha de v.....