PRIMERO: Se HOMOLOGA el convenimiento, solicitado mediante diligencia presentada el diecinueve (19) de septiembre de 2.013, por la abogada JHOSSELYN CAROLINA AMAYA FERNÁNDEZ, DEFENSORA PUBLICA PRIMERA AGRARIA DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGIA, en su carácter representante del ciudadanos: ANTONIO RAMÓN CANDELA GOMÉZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-5.510.600, y domiciliado en el fundo El Futuro, ubicado en el sector colinas de San Benito, parroquia Rómulo Gallegos, municipio Alberto Adriani del estado Mérida, alcanzando así el carácter de cosa juzgada.