se declara INCOMPETENTE para el conocimiento de la acción de amparo constitucional sub iudice, interpuesta por el ciudadano FIDEL REQUEJO ZUBIZARRETA, y la sociedad mercantil PESCANUEVA, SOCIEDAD ANÓNIMA, por intermedio del abogado en ejercicio RUBEN DARIO ROJAS SOLANO, y por lo tanto DECLINA SU COMPETENCIA a la SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de conformidad con la doctrina jurisprudencial de carácter vinculante, que regula la materia, por lo que se ordena la remisión del presente expediente al Máximo Tribunal