Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, DECLARA:
PRIMERO: SU INCOMPETENCIA para conocer de la presente acción.
SEGUNDO: DECLINA el conocimiento de la misma en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, y en lo Contencioso Administrativo Región Los Andes, con sede en la ciudad de Barinas Estado Barinas.
TERCERO: se acuerda remitir las presentes actuaciones al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, y en lo Contencioso Administrativo Región Los Andes, con sede en la ciudad de Barinas Estado Barinas.