Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
¿ Primero: El tribunal declara en tiempo hábil la solicitud presentada por la Fiscal establecido en al Art. 557 de la Ley Organica para la Protección del Niño y del Adolescente
¿ SEGUNDO: No se califica como flagrante la detención del imputado, Carlos Eduardo Parra Serrano, de acuerdo a lo solicitado por el Ministerio Fiscal. Se ordena seguir este proceso por la vía del procedimiento ordinario visto que aun se requieren recavar diligencias relacionadas con este asunto, a los fines de determinar mediante experticia de Reconocimiento al Arma de Fuego si se trata de un arma de fabricación artesanal o un arma de las características prevista en la Ley especial que rige la materia.
¿ TERCERO: Se ordena de la práctica de los exámenes Psico - sociales de acuerdo a lo previsto en el artículo 622 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
¿ CUARTO:.....