este Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley :declara que la ciudadana: ELISA CATALINA PEREIRA COLMENAREZ, plenamente identificada en autos, no tiene cualidad para intentar la presente acción y por eso se declara sin lugar la demanda intentada en contra del ciudadano: JOSE INOCENCIO COLMENAREZ. Por cuanto se ha declarado la falta de cualidad de la demandante se hace innecesario entrar a analizar los alegatos de fondo señalados por ambas partes en el contradictorio ni las pruebas y demás alegatos esgrimidos por los litigantes y así se declara.