"El Juez podrá dictar auto para mejor proveer fijando un lapso de tres días para evacuar las diligencias ordenadas por él, si la naturaleza de la prueba exige un lapso mayor, el Juez lo fijará prudencialmente."
Ahora bien, considerando lo dicho anteriormente, quien Juzga, en aras de ampliar la información contenida en autos, relacionada a la capacidad económica del Obligado de Manutención, esto con el fin de perseguir esa verdad que se ajusta además a la realidad, y evitar así que la decisión sobre el fondo de la presente causa pueda lesionar derecho alguno de las partes o de la niña de autos, en consecuencia dicta AUTO PARA MEJOR PROVEER y ordena ratificar en todo su contenido el oficio librado en fecha 16-11-2015 al Departamento de Recursos Humanos del Instituto Autónomo de Policía Estadal del Municipio Maturín del Estado Monagas, ubicado en la ciudad de Maturín, en el cual se le solicitaba, remitir a este despacho, con carácter de Urgencia, información detallada relacionada con el .....