Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley,
DECLARA
Primero: Homologado el desistimiento presentado por la parte demandante, actuando de conformidad con los artículo 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente