Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa contentiva del recurso contencioso administrativo de nulidad, ejercido por el abogado Alcides Manuel Escalona Mediana, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 90.484, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Eddy Luz Santana Pérez, identificada en autos, en contra del Acto Administrativo de efectos particulares de Resolución Nº 3.730 de fecha 26/04/2005, dictada por la Inspectoría de Trabajo del estado Yaracuy.