PRIMERO: Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la presente acción autónoma de Amparo Constitucional.
SEGUNDO: Ordena remitir el expediente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial de Estado Mérida (distribuidor) a los fines de que el Tribunal a quien corresponda por distribución conozca y decida la presente causa.